Declaración de Ciudad de México

Reunida en la Ciudad de México la Asamblea General del Instituto Latinoamericano del Ombudsman – Defensor del Pueblo (ILO) por el voto unánime de sus participantes resuelve aprobar la siguiente DECLARACIÓN

I. Que la institución del Defensor del Pueblo con sus distintas denominaciones (ombudsman, comisionados, procuradores, defensor de los habitantes, defensor de los vecinos, defensor ciudadano, personero, comisiones de derechos humanos)  en América Latina y el Caribe con más de treinta y cinco años de experiencia se ha revelado como un eficaz instrumento de garantías para la real vigencia de los derechos fundamentales de las personas.

 

II. Que fiel a sus objetivos fundacionales, el ILO continuará promoviendo la creación de la institución en los términos de independencia y autonomía establecidos en los llamados Principios de París, aprobados por la Organización de las Naciones Unidas, en aquellos Estados de nuestra región que aún carecen de ella,  para defender y promover los derechos humanos y la cultura de la paz.  

 

III. Que en este sentido la Asamblea del ILO, exhorta a los poderes públicos de la República de Chile que además de los significativos antecedentes a favor de la creación de la figura del Defensor del Pueblo, bajo la denominación que fuera, tomen en consideración la recomendación del Instituto Nacional de Derechos Humanos efectuada en sus sucesivos informes desde 2010, para su creación, en pos de “la concreción de una red de instituciones públicas  cuyo fin sea promover, garantizar y proteger los derechos fundamentales y que permita el acceso a la justicia de toda persona y, en especial, de los grupos vulnerados”. Asimismo celebra que la iniciativa forme parte nuevamente de la agenda política en Chile, y la mejor posibilidad de obtenerla, al contemplarse su creación en los programas de Gobierno de las dos principales coaliciones políticas.

 

IV. Que habiendo promovido el ILO en la asamblea celebrada en Valparaíso, la incorporación de la Procuraduría Federal de los Derechos de los Ciudadanos del Brasil a la Federación Iberoamericana del Ombudsman (FIO), celebra que el reciente congreso efectuado este mismo mes y año en la ciudad de San Juan de Puerto Rico así lo haya hecho, sin que esto signifique renunciar en modo alguno al propósito de continuar instando a los poderes constituidos en la República Federativa del Brasil, a establecer  un sistema de ouvidorías públicas autónomas y democráticas – con un Ouvidor General dotado de prerrogativas propias del Defensor del Pueblo latinoamericano, por fuera del Ministerio Público.

 

V. Que en igual sentido apoya y promueve la creación de defensorías locales: regionales, provinciales, estaduales y municipales, en la convicción de que el acercamiento de instituciones protectoras de derechos con la sociedad amplían la posibilidad de una mejor defensa de la población. En particular el ILO reconoce el papel que desempeñan las Personerías Municipales colombianas en la defensa y promoción de los derechos humanos de la República de Colombia y exhorta a los poderes públicos de ese Estado fortalecer institucionalmente tales instituciones.

 

VI. Que expresa su beneplácito y saluda la designación de la Dra. Zoila Martínez como primera Defensora del Pueblo de la República Dominicana.

 

VII. Que renueva su compromiso de continuar apoyando el proceso de codificación del derecho a la paz como derecho humano sobre la base de las declaraciones de Luarca y las sucesivas de Barcelona, Bilbao y Santiago.

 

VIII. Que el ILO reconoce en condición de Defensor del Pueblo/ Ombudsman, a todas las instituciones del sector público con mandatos independientes y elegidos conforme a las reglas indicadas en el punto II de la presente declaración.

 

IX. En ese sentido el ILO reitera que considera conveniente que las universidades e instituciones de educación superior de Latinoamérica, en el marco de la autonomía que les son propias, establezcan defensorías independientes especializadas en la defensa de los Derechos Universitarios, como instancias democráticas y elegidas con la participación de las comunidades universitarias, para la solución de conflictos derivados de la violación a los derechos humanos y universitarios. En especial saluda y desea que el proceso de creación de la Defensoría de los Derechos Universitarios de la Universidad Autónoma Metropolitana culmine exitosamente y en breve tiempo.

 

X. Que apoya el funcionamiento y desarrollo de las defensorías de niños, niñas y adolescentes, autónomas e independientes del poder político y, especialmente, las experiencias que se están desarrollando en las provincias de Córdoba, Misiones y Santa Fe en la República Argentina

 

XI. Que en consideración a la necesidad de profundizar el estudio de la institución del Defensor del Pueblo, el ILO continuará promoviendo acuerdos con las universidades públicas y privadas con el objeto de crear espacios académicos con cursos, seminarios y cátedras especializadas con aquél propósito.

 

XII. Que ratifica la Declaración de Mendoza del 29 de junio de 2007, sosteniendo que la pobreza, la exclusión social, la discriminación, el narcotráfico, la trata de persones con fines de explotación laboral y sexual y la corrupción, son los más graves problemas que afectan a nuestros pueblos, el ILO promoverá programas y acciones para el tratamiento de estos temas, para contribuir a su eliminación. A la vez que, convencidos que la ingente deuda  externa constituye una injusta carga social para el desarrollo de nuestros países y la plena vigencia de los derechos humanos,  respaldará las iniciativas dirigidas a llevar al conocimiento y decisión de los más altos organismos internacionales un pronunciamiento sobre la existencia real de esa deuda.

 

XIII. Que en los últimos años se observa de parte de la sociedad en su conjunto y en particular de los más jóvenes, un mayor grado de exigibilidad de sus derechos no siempre debidamente atendidos por parte del Estado, lo que plantea la imperiosa necesidad de observar el funcionamiento de las instituciones públicas y la necesaria remoción de obstáculos que impidan la participación y la inclusión social, tarea a la que los defensores del pueblo deberán prestar la mayor atención y favorecer su desarrollo.

 

XIV. Que en ese sentido se torna necesario incrementar la participación de las organizaciones de la sociedad civil no sólo para tener mayor incidencia en las políticas públicas sino también en la designación de los magistrados cuya misión sea la de defender los derechos de las personas.

 

XV. Que la efectiva vigencia de los derechos económicos sociales y culturales seguirán siendo en nuestra región el más alto desafío de nuestra institución para consolidar una sociedad más justa y más democrática.

 

XVI. Que en la seguridad de que la mayor parte de los hombres y mujeres de América Latina y del Caribe están comprometidos  con los valores de la paz, de la justicia, de la no discriminación, de la democracia y de la justicia social, el ILO los convoca a sumar voluntades para asegurar esos objetivos a través del fortalecimiento a la institución del Defensor del Pueblo, comisionados y procuradores de derechos humanos.

 

 

Dado en la Rectoría General de la Universidad Autónoma Metropolitana de la Ciudad de México a los 14 días del mes noviembre de 2013

 

 

 

Carlos R. Constenla – Presidente (Argentina). Román Duque Corredor  -Vicepresidente I (Venezuela). Salvador Vega y León – Vicepresidente II (México). Juan D. Milos Hurtado – Secretario General (Chile). Joaquín Bracho Dos Santos Secretario (Venezuela). Enrique Raúl Picasso - Tesorero (Argentina). José Luis Armendáriz González (México). Cristina Ayoub Riche (Brasil). Patricia Begne (México). Martha Benedetto (Argentina).Edgardo José Bistoletti (Argentina). Carlos Eduardo Bonicatto (Argentina), Luis Bork Vega (Chile). María Bressa (Argentina). Antonio Caputo (Italia) Fernando Cisneros (México). Analía Colombo (Argentina). Sebatian Cox (Chile). Norberto Darcy (Argentina). Álvaro Garcé (Uruguay) Heriberto García – García (México). Roberto Garretón (Chile). Leticia González Flores (México). Raquel Hochman (México). Leoncio Lara Sáenz (México). Carlos Manera (Argentina). Osvaldo Medina (Argentina) Gabriela Adriana Moffson (Argentina). Alejando Nató (Argentina). Rubens Pinto Lyra (Brasil). Fernando Rodríguez Herrera (Uruguay) Jorge Sansó de La Madrid (Argentina). Andrés Santamaría Garrido (Colombia). Emilio Srougo Allami (México). Marcelo Javier Vairo (Argentina) Jessica Raquel Valentini (Argentina) Sebastián Vinagre (Argentina). Mariano Andrés Vodanovich (Argentina). María Celeste Vouilloud (Argentina) Mariano Gustavo Yakimavicius (Argentina).

 

 

 

Mandela, defensor del pueblo - Declaración con motivo de su fallecimiento

El apartheid fue, como todas las formas de discriminación racial, una infamia que denigró la dignidad de muchas personas. Demasiadas seguramente y por mucho tiempo.

Tuvo sí, cabe aclararlo, un estilo y una marca propia que la diferenció de otras prácticas racistas. Se sustentó predominantemente en dos aspectos: la explotación social y el aislamiento, a partir de asumir como premisa la diferencia de los niveles civilizatorios, la perpetuación de los diferentes grupos de la población basados en el color y el desarrollo separado de estos grupos.

Traducido a términos políticos, esto significa la pretendida supremacía de una aristocracia de color, estructurada en una a través de una rígida jerarquía de castas raciales. Esto es, una directa correlación entre el color de la piel y el ejercicio de los derechos cívicos, sociales, culturales y económicos de las personas.

El apartheid fue una política de Estado del gobierno sudafricano a partir de 1948 cuando llegó al poder el National Party con mayoría de  afrikaaner (término que engloba a los sudafricanos descendientes de los Boers, blancos, predominantemente neerlandeses, de lengua africaans y religión mayoritariamente calvinista), a pesar de que sus raíces se deben buscar en el siglo XVII a partir del momento en el que comenzó la expansión europea en África del Sur y la consecuente esclavización de los pueblos originarios de esa región. La discriminación racial practicada en Sudáfrica, también comprendía a los asiáticos, en su mayoría provenientes de la India. Todos recordamos el incidente del joven abogado Gandhi, indio de nacimiento y educado en Inglaterra, al que se obligó cambiar de acera pues por la que transitaba estaba reservada a los blancos.

Otra particularidad del apartheid fue su convicción de que la posesión de la tierra era la que otorgaba el derecho de ciudadanía y como ese derecho estaba reservado a los blancos, los africanos eran considerados extranjeros en el suelo al que pertenecían ancestralmente y sólo tolerados como fuerza de trabajo.

Esta brevísima introducción, muy limitada en su factura, es sin embargo suficientemente expresiva para revelarnos la situación de la inmensa mayoría de aquel pueblo africano, maltratado en su tierra, denigrado en su condición humana e indignamente explotado en su vida y en sus esperanzas. Al mismo tiempo delata una de las expresiones del mal absoluto y de la vesania ideológica. Pero como siempre sucede con estas crudelísimas experiencias, permiten vislumbrar, así sea sesgadamente, la apasionada lucha por la libertad, por la democracia y por el derecho.

Toda resistencia a la opresión es dramática y heroica a la vez, y ella vale tanto por la cantidad de los resistentes como su calidad. Algunos de ellos entran a la historia por la singularidad de sus acciones, pero sobresalen los que luchan  desde un compromiso tan íntimamente humano, que nos cuesta creer que pueda ser un contemporáneo nuestro. Ese fue Nelson Mandela.

No vivimos tiempos de héroes. Los hubo sin duda en la historia y por allí están sus estelas, esparcidas por la antigüedad, en las luchas por la liberación y la independencia de las naciones, en las lides apasionadas por la justicia y por la justicia social. Pero hoy poco queda de eso. Aun las más tenaces controversias, por buenos que sean sus objetivos, implican hombres y mujeres que parecen nunca descartar del todo su “yo” y su “circunstancia” es decir su primacía. Esa no era la marca que registró Mandela. Por luchar ideológicamente, con el arma de su palabra, ejemplo y compromiso, fue víctima de la criminal estulticia de los opresores y poderosos, de los que hacen del becerro de oro y del provecho económico la razón de su existencia. Sólo por eso Mandela fue encarcelado por 27 años y sometido al humillante trato que deparan los violadores de los derechos humanos.  

Sostenido en la justicia de su causa, debó sin embargo ser puesto en libertad; liberó a su pueblo, fundó una nación y el tamaño de su grandeza y comprensión de las cosas humanas, lo llevo a tanto como a compartir el Premio Nobel con el último representante de sus verdugos y hasta sonreír frente a una cámara fotográfica con quienes materialmente lo condenaron de por vida a una mazmorra.

Y también fue gobernante, y gobernó democráticamente. No aceptó reelecciones ni buscó el poder para tener más poder, sino para hacer mejor lo que había hecho toda su vida: servir a sus compatriotas, aún a los de raza blanca. Hizo de los derechos humanos su bandera y la puso sobre el pedestal de su heroico ejemplo forjado en el sufrimiento y en la solidaridad.

Fue un hombre materialmente empobrecido, imbuido de ideas de igualdad social que desafió con  su conducta pública y privada a que todos tuvieran en él, sobre todo a los que gobiernan, un espejo para ser mejores.

Defensor del Pueblo es un sustantivo. Se refiere a un funcionario estatal no gubernamental designado para proteger derechos. Pero también puede ser un adjetivo. En ese sentido podemos decir calificándolo, de quien desde cualquier lugar fuera del Estado, defiende derechos. Mandela logra la sustantivación de una cualidad percibida, haciendo de la acción una epopeya de los derechos humanos. Por eso nuestro admirado homenaje. 

Buenos Aires 8 de noviembre de 2013

 

Carlos R. Constenla
Presidente

 

Solidaridad con el defensor del estado plurinacional de bolivia

El Consejo Directivo del Instituto Latinoamericano del Ombudsman – Defensor del Pueblo (ILO), ante reiteradas expresiones del gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia, incluido el propio Presidente del Estado, que agreden la figura del digno Defensor del Pueblo de ese país Rolando Villena Villegas, DECLARA:

I. Que expresa su solidaridad con el señor Defensor del Pueblo del Estado Plurinacional de Bolivia, a su vez integrante del Instituto Latinoamericano del Ombudsman – Defensor del Pueblo (ILO), Rolando Villena Villegas ante las agresivas declaraciones y presiones de las que es objeto por parte del gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia, incluyendo al propio Presidente del Estado.

II. Que reitera que únicamente la independencia del Defensor del Pueblo frente al poder política, garantiza una efectiva protección de los derechos humanos en los términos establecidos en los claros y ejemplares términos de los artículos 218 a 224 de la Sección primera, del Capítulo segundo, del Título V de la Constitución Política del Estado.

III. Que en consideración a las graves implicancias del hecho, el ILO pone a disposición del señor Defensor del Pueblo, todos sus recursos y empeños para proteger su investidura como protector de los derechos humanos.

IV. Que a los fines que correspondan dirigirá la presente Declaración al Instituto Internacional del Ombudsman (IOI), a la Federación Iberoamericana del Ombudsman, a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y a los poderes constituidos del Estado Plurinacional de Bolivia.

La presente Declaración se emite en la ciudad de Buenos Aires a los 3 días del mes de octubre de 2013.

 

Carlos R. Constenla
Presidente

Román Duque Corredor
Vicepresidente I

Salvador Vega y León
Vicepresidente II

Juan D. Milos Hurtado
Secretario General

Joaquín Bracho Dos Santos
Secretario

Enrique Picasso
Tesorero

Edgardo J. Bistoletti
Director de Relaciones Internacionales